Enacom: Sobre la cautelar en perjuicio de los derechos de usuarios y usuarias

//Enacom: Sobre la cautelar en perjuicio de los derechos de usuarios y usuarias

Enacom: Sobre la cautelar en perjuicio de los derechos de usuarios y usuarias

El viernes 30 de abril de 2021, la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, con el voto de la mayoría, eximió a Telecom Argentina S.A. del cumplimiento del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20 por el plazo de 6 meses. A partir de ello, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) tomará las medidas legales correspondientes e interpondrá un recurso federal para elevar el tratamiento a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La decisión del Poder Judicial NO sorprendió a ENACOM. Esta resolución no modifica lo que venía ocurriendo en la práctica desde la promulgación de dicho DNU ratificado por Ley, ya que Telecom incumple el mismo desde hace más de 8 meses.

El único fundamento que el fallo expone es el supuesto perjuicio al derecho de propiedad ocasionado a Telecom Argentina S.A generando un enorme perjuicio concreto a los usuarios y usuarias de Telecom, ya que el fallo promueve que estos abonen tarifas superiores a las de los otros operadores.

Desde el comienzo de la pandemia de COVID-19, ENACOM reforzó la defensa de los derechos de los usuarios y usuarias, protegiendo siempre la competencia y las necesidades comerciales, y abriendo canales de diálogo permanentes con todos los actores involucrados, incluyendo a los operadores del mercado de las telecomunicaciones. Sin embargo, desde el primer momento, Telecom Argentina S.A. optó por el incumplimiento y la judicialización de todas las medidas dictadas en favor de las y los usuarios.

ENACOM interpondrá un recurso extraordinario federal para elevar la controversia a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y continuará con sus políticas públicas en la defensa del derecho humano de las telecomunicaciones y de todos los usuarios y usuarias.

 

 

2021-05-04T11:56:42-03:00 04/05/2021|Categorias: Noticias|0 Comentarios

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